Se ha incluido el siguiente anuncio en la plataforma de rendición de cuentas:

“En aplicación del artículo 48 del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, una vez concluido el estado de alarma a las 00:00 horas del pasado 21 de junio, el plazo legal de rendición de la cuenta general de las entidades locales al Tribunal de Cuentas, previsto en el artículo 223.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, queda ampliado en 99 días, lo que determina que la cuenta general del ejercicio 2019 deberá rendirse antes del 22 de enero de 2021.

Igualmente, el plazo de remisión previsto en el subapartado IV.1 de la Instrucción sobre remisión de información relativa al ejercicio del control interno de las Entidades Locales, aprobada por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 19 de diciembre de 2019, se amplía en 99 días, lo que determina que la información y documentación en materia de control interno correspondiente al ejercicio 2019 deberá remitirse con anterioridad al 7 de agosto de 2020.”

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Tribunal de Cuentas