Sede electrónica Mediante el Acuerdo104/2007, de 12 de diciembre, el Pleno del Consejo de Cuentas de Castilla y León, establece su Sede Electrónica, regulando su funcionamiento junto con el de su Registro Electrónico, y la publicación electrónica de anuncios; creando así un marco jurídico que facilite la extensión y utilización de las nuevas tecnologías junto con la consecución de las finalidades propias de todo Registro Oficial.

De esta forma, y tal como establece el acuerdo citado, la sede electrónica del Consejo de Cuentas de Castilla y León será accesible a través de la dirección www.consejodecuentas.es, que estará disponible mediante redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde al Consejo de Cuentas de Castilla y León, y dispondrá de sistemas que permitan el establecimiento de comunicaciones seguras.

El Registro Electrónico tiene como finalidad la recepción y remisión de documentación en formato electrónico, remitida por personas físicas o jurídicas, órganos o unidades administrativas, identificadas y autenticadas por los medios que se determinan en este Acuerdo.

Por último, se establece que la publicación de actos y comunicaciones que por disposición legal deban publicarse en tablón de anuncios o por edictos será sustituida por la publicación en su sede electrónica, siendo el órgano responsable de su gestión, la Secretaría General del Consejo de Cuentas de Castilla y León.