Actualización de la nota informativa sobre la aplicación en las entidades locales de medidas previstas en artículo 48 del Real Decreto-Ley 11/2020
Tras la promulgación del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19, en cuyo artículo 48 se recogen medidas extraordinarias aplicables a la remisión de información financiera por parte de las entidades locales, y ante el próximo vencimiento del plazo para la remisión de la información en materia de control interno, se ha establecido que el referido plazo de remisión quede ampliado en un periodo equivalente al de la duración efectiva del estado de alarma, siempre que se declare, por parte de la persona titular del órgano de Intervención, la imposibilidad de elaborar y remitir la información de control interno y así sea comunicado al Tribunal de Cuentas.
La comunicación podrá efectuarse bien a través del Registro Electrónico del Tribunal de Cuentas o bien, si se carece de certificado electrónico válido, mediante un correo electrónico a una cuenta corporativa que se utiliza para gestionar la información de la Plataforma de Rendición de Cuentas.
Procedimiento de comunicación por la persona titular del órgano de la Intervención:
• Con certificado electrónico válido, a través del Registro electrónico en la Sede electrónica del Tribunal de Cuentas: http://sede.tcu.es/tramitador-front/certificate/IndexCert.action?procedureId=SGREG01
• Sin certificado electrónico válido, mediante correo electrónico a: eell.cuentas@tcu.es.
Además, en la Plataforma de Rendición de Cuentas se ha incluido un aviso destinado a que los órganos de Intervención local tengan conocimiento del criterio para la ampliación del plazo de remisión.
Desde el Departamento de Entidades Locales del Tribunal de Cuentas se llevará a cabo el control de todas las comunicaciones recibidas en las que se declare la imposibilidad de remitir la información y se informará periódicamente a cada OCEX de las entidades de su respectivo ámbito territorial a las que se refieran las comunicaciones remitidas.
Se adjunta (ver en el apartado de ¨ficheros disponibles¨) una NOTA emitida al respecto por la Asesoría Jurídica del Departamento de Entidades Locales (Sección de Fiscalización) del Tribunal de Cuentas.