• El alcance de la auditoría que publica hoy el Consejo se centra en diversas áreas de la actividad económico-financiera del Ayuntamiento y en la gestión recaudatoria

  • El endeudamiento financiero asciende a 26 millones de euros, un 5,7% más que en 2019. En la liquidación presupuestaria la deuda viva representa un 44,3% de los ingresos corrientes
  • La recaudación de ingresos en voluntaria ascendió a 35,6 millones de euros y en ejecutiva a 1,8 millones. El Consejo de Cuentas recomienda mejorar la eficacia del cobro de deudas en vía ejecutiva
  • También se recomienda implantar un sistema de contabilidad analítica y aprobar un plan estratégico de subvenciones

El propósito de esta fiscalización específica es realizar un análisis de diversas áreas de la actividad económico-financiera del Ayuntamiento de Segovia y de sus entes dependientes, mediante una auditoría combinada, de cumplimiento de legalidad en su mayor parte, y operativa en cuanto a su gestión recaudatoria. El periodo analizado es el ejercicio 2020, sin perjuicio de otras comprobaciones, relacionadas sobre todo con 2021.

Conclusiones y opinión. El Ayuntamiento de Segovia, en el contexto de la pandemia COVID-19 y de suspensión de las reglas fiscales, cumple con los objetivos de estabilidad presupuestaria y regla de gasto en la liquidación del presupuesto del ejercicio 2020. En concreto, el Ayuntamiento cerró el ejercicio con un superávit de 5,2 millones de euros. Por su parte, la Sociedad de Turismo se encuentra en situación de necesidad de financiación y pérdidas acumuladas en los últimos ejercicios, con los fondos propios en negativo.

El remanente de tesorería para gastos generales de 2019 ascendió a 9,6 millones y el superávit presupuestario alcanzó la cifra de 596.926 euros. Excepcionalmente, en el contexto de la pandemia, un 20% del superávit de 2019 pudo destinarse a inversiones en servicios sociales y promoción social. El Ayuntamiento utilizó libremente 9,2 millones del remanente de 2019 a lo largo de 2020, mediante diferentes modificaciones presupuestarias.

En la liquidación de 2020 se cumple con los principios de sostenibilidad de la deuda financiera y comercial, así como, con carácter general, con las obligaciones y controles relacionados con el endeudamiento. El porcentaje de deuda viva se sitúa en un 44,3% sobre los ingresos corrientes. La cifra total de endeudamiento financiero contabilizado al cierre de 2020, que aumenta un 5,7% con respecto al ejercicio anterior, asciende a 26 millones.

El acueducto de Segovía, al fondo de la imagenEl acueducto de Segovía, al fondo de la imagen

En cuanto a la deuda comercial, considerando el hecho de que la suspensión de las reglas fiscales no afecta a la necesidad de cumplir con los plazos de pago a proveedores, el periodo medio de pago global se sitúa dentro de los 30 días, a excepción de los meses de marzo y mayo, dónde se rebasan ligeramente.

La contabilidad del Ayuntamiento no permite determinar de forma directa y automatizada el coste y rendimiento de los servicios públicos, lo que resta fiabilidad a la información existente. No se elabora la memoria justificativa del coste y rendimiento que debe acompañar a la cuenta general, ni los indicadores de gestión de la memoria de las cuentas.

Los costes efectivos ascendieron a 47,6 millones de euros para el Ayuntamiento, a 1,2 millones para el Instituto Municipal de Deportes (IMD), a 318.912 para la Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda de Segovia (Evisego), a 1,2 millones de euros para Turismo de Segovia y a 412.225 euros para la Fundación Don Juan de Borbón.

En el caso del Ayuntamiento, el servicio que presenta un mayor coste corresponde a la policía local, cuyo importe supone el 12% del total, seguido del programa de evaluación e información de situaciones de necesidad social y atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social (10,3%).

El Ayuntamiento presta directamente el servicio de gestión tributaria y recaudatoria, sin organismo diferenciado, contando con 38 funcionarios. La recaudación total bruta de ingresos en voluntaria en 2020 asciende a 35,6 millones de euros, de los que 35,5 millones corresponden al Ayuntamiento y 113.644 euros al IMD.

La recaudación total de ingresos en ejecutiva del Ayuntamiento en el ejercicio 2020 ha ascendido a 1,8 millones de euros. Las deudas totales pendientes a 31 de diciembre, por impuestos, ascienden a 4,2 millones y por tasas y otros ingresos a 1,3 millones.

El Ayuntamiento lleva a cabo actuaciones de apremio y embargo, si bien las mismas resultan insuficientes a la vista de las cifras de créditos declarados incobrables. Con carácter general, en relación con los principales tributos, los porcentajes de recaudación en vía ejecutiva son muy bajos, al no alcanzar el 40 % de las deudas en ningún impuesto y rebasándolo tan solo ligeramente en algunas de las principales tasas, lo que redunda en unos porcentajes elevados de deudas acumuladas de ejercicios anteriores en esta vía. Ello permite concluir que hay margen para mejorar la eficacia de las actuaciones de apremio y embargo.

En materia de subvenciones, no se cumple con la obligación de disponer de un plan estratégico. En 2021 se encontraba en tramitación la aprobación de una ordenanza general de subvenciones. El Ayuntamiento ha reconocido obligaciones por un importe de 8,4 millones con cargo a los capítulos de transferencias, lo que supone un 13,2% del total de las obligaciones reconocidas netas.

El Ayuntamiento de Segovia en 2020 ha tramitado 12 líneas de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva (que debiera ser el procedimiento ordinario), frente a 34 por concesión directa. Por otra parte, se han producido algunos incumplimientos en las distintas fases del procedimiento de concesión.

Recomendaciones. Como consecuencia de las conclusiones y opinión del informe, el Consejo de Cuentas emite 14 recomendaciones. Entre ellas, el Ayuntamiento debería implantar un sistema de contabilidad analítica para normalizar la información sobre el coste de los servicios públicos.

En recaudación, se debería mejorar la eficacia de las actuaciones de apremio y embargo para el cobro de deudas en vía ejecutiva. Por otra parte, deben revisarse algunas ordenanzas o disposiciones reguladoras de tasas y precios públicos para adecuarlas a la específica naturaleza del ingreso.

En el caso de la Sociedad de Turismo, debería existir un control establecido por el servicio de recaudación y la tesorería del Ayuntamiento sobre todos los ingresos de la sociedad y la forma en que deben producirse. Además, el Ayuntamiento debería revisar la forma de sociedad mercantil por medio de la que se está gestionando y desarrollando la competencia de promoción turística municipal.

Finalmente, el Ayuntamiento debe aprobar un plan estratégico de subvenciones. Los servicios gestores de subvenciones deben iniciar procedimientos para regularizar los expedientes en los que se han detectado incumplimientos.

Consejo de Cuentas de Castilla y León