El Consejo recomienda al Ayuntamiento de Ponferrada más eficacia y eficiencia en la gestión tributaria y recaudatoria
- Amilivia presenta en las Cortes la fiscalización de la capital berciana, que recomienda a la entidad aprobar una ordenanza sobre tributos y mejorar la eficacia de las actuaciones de apremio y embargo para el cobro de deudas en vía ejecutiva
- El Consejo de Cuentas apunta que el consistorio cumple con la normativa sobre organización de su personal y adopta las medidas legalmente previstas para su ordenación, aunque sus objetivos no se han logrado aún
El Consejo de Cuentas de Castilla y León recomienda al Ayuntamiento de Ponferrada que su área de Intervención debería ejercer el control financiero, de eficacia y eficiencia, según lo previsto por la normativa en materia de control interno en las entidades del Sector Público Local. Esta es una de las cuatro recomendaciones del Consejo del Cuentas, destacada esta tarde en las Cortes por su presidente Mario Amilivia, en la presentación del informe de fiscalización de determinadas áreas de la capital berciana.
Con la de hoy, el actual Pleno del Consejo ha presentado 132 auditorías ante la Comisión de Economía y Hacienda del Parlamento, que representan el 45% de toda la serie histórica de la institución fiscalizadora externa de la gestión económica y financiera del Sector Público de Castilla y León.
La recomendación dirigida al ejercicio del control financiero, recogida en la regulación estatal del control interno en las entidades locales, va en conexión con la definición de objetivos e indicadores de la gestión tributaria y recaudatoria.
El presidente del órgano de control externo, en la que ha sido su decimotercera comparecencia del año -la número 57 del presente mandato- subrayó en referencia a dicha recomendación que "el ayuntamiento de Ponferrada no cuenta con una ordenanza general de gestión, recaudación e inspección, por medio de la cual se adapte a su régimen de organización y funcionamiento interno la normativa tributaria estatal de carácter general".
En esta línea, tal como recoge el informe en su análisis de la organización del servicio de Recaudación, se detectaron algunas carencias o deficiencias en la regulación de varios servicios que impiden determinar la relación entre el rendimiento y el coste de estos.
En cuanto a la gestión recaudatoria estrictamente, aunque los porcentajes en periodo voluntario son, con carácter general, elevados, en vía ejecutiva son muy bajos al situarse la media en alrededor de un 15% de las deudas, lo que redunda en unos porcentajes elevados de deudas acumuladas de ejercicios anteriores. Ello, señaló Amilivia, "permite concluir que hay margen para mejorar la eficacia de las actuaciones de apremio y embargo que lleva a cabo el ayuntamiento".
El trabajo, referido fundamentalmente al ejercicio 2021, es una auditoría combinada, de cumplimiento de la legalidad en cuanto a la estructura del personal y las subvenciones, y operativa respecto a la eficacia y eficiencia de la gestión recaudatoria. Recoge un total de 55 conclusiones derivadas del análisis de los apartados de organización y ordenación del personal; estabilización de empleo temporal; aspectos retributivos; organización del servicio de Recaudación y subvenciones.
Como consecuencia de las más de medio centenar de conclusiones efectuadas, el Consejo de Cuentas opina que "el ayuntamiento cumple con la normativa sobre organización de su personal y adopta las medidas legalmente previstas para su ordenación, si bien sus objetivos aún no se han conseguido". En tal sentido, significó Amilivia, "los procedimientos de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021 se ajustan, con carácter general, a lo previsto en la normativa y en las orientaciones establecidas, aunque en la tramitación de la nómina no se cumplen determinados requisitos.
Por otro lado, apuntó que "en la concesión de subvenciones, el ayuntamiento cumple con la normativa vigente y cuenta con los instrumentos previstos en la ley. No obstante, la concurrencia competitiva no ha constituido el procedimiento ordinario de concesión, de conformidad con la previsión de la ley general de subvenciones, y, en casos puntuales, los expedientes no cumplían los requisitos para tramitarse como tales".
Con este informe se verificó la legalidad, con carácter general, de los expedientes tramitados, tanto en régimen de concurrencia competitiva como de concesión directa.
Además de la recomendación para que el ayuntamiento ejerza desde el área de Intervención la función de control financiero, con especial referencia al control de eficacia, el Consejo de Cuentas realizó otras tres recomendaciones.
En primer lugar, la de que el alcalde debería adoptar el acto de reconocimiento de la obligación de la nómina de personal y la Intervención realizar su fiscalización, de acuerdo con la regulación sobre la tramitación de los gastos de personal y sobre el control y fiscalización internos aprobados por el Pleno municipal.
En segundo término, que el Pleno debería aprobar una ordenanza general reguladora de la gestión, liquidación, recaudación e inspección de los tributos locales. Además, el Consejo anota que debe revisarse la adecuación a su naturaleza de algunos de los ingresos.
En tercer lugar, referida a que el tesorero y responsable del servicio de gestión tributaria y Recaudación debería mejorar la eficacia de sus actuaciones de apremio y embargo para el cobro de deudas en vía ejecutiva, incrementando algunas de ellas como la hipoteca legal tácita o la enajenación de bienes. Asimismo, deberían definirse objetivos e indicadores de eficacia para cada tipo de ingreso y verificarse su cumplimiento en la memoria de las cuentas de recaudación.
También se debería ejercer un control de la actividad recaudatoria de la sociedad concesionaria del servicio de suministro de agua y particularmente del inicio del periodo ejecutivo y puesta en marcha del procedimiento de apremio por parte del consistorio, en el caso de los recibos impagados a la empresa en periodo voluntario.
Organización y ordenación del personal. En cuanto a la organización y ordenación del personal, el ayuntamiento aprobó en octubre de 2022 una relación de 548 puestos de trabajo, aunque sin contar con el preceptivo registro de personal, pero sí con un programa de gestión de expedientes de su personal. La plantilla de 2022 incluye 459 plazas (349 de funcionarios, 76 de personal laboral fijo, 27 de laboral temporal y 7 de eventuales). En ella figuraban vacantes 93 plazas de funcionarios, un 27% del total, y 29 de laborales fijos, un 38%.
La oferta de empleo público correspondiente a 2022 contenía una oferta ordinaria y otras dos adicionales, una de ellas de estabilización de empleo temporal. También en 2021 y 2023 se aprobaron sendas ofertas ordinarias.
En lo relativo a los procesos de estabilización de empleo temporal, el ayuntamiento contempló en la oferta de empleo público de 2018 un total de 31 plazas, de ellas 10 de funcionarios y 21 de laborales, en base a la normativa y previsiones de las leyes de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018. Además, la oferta de 2022 incluyó 9 plazas correspondientes al proceso de estabilización de la Ley 20/2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, de las cuales 6 eran para funcionarios y 3 para laborales, siendo todas convocadas.
Al no haberse logrado reducir la temporalidad por debajo del 8% establecido normativamente, el ayuntamiento prevé autorizar en 2024, con carácter extraordinario, una tasa adicional de estabilización de empleo temporal, iniciando un expediente para la elaboración de un instrumento de planificación plurianual.
Con relación a los aspectos retributivos, la totalidad de las variaciones introducidas en la nómina han sido aprobadas previamente por decreto de la alcaldía y fiscalizadas, si bien -precisa el informe del Consejo de Cuentas- su tramitación presenta algunas carencias.
Organización del servicio de Recaudación. Otro de los grandes apartados de esta fiscalización es la organización del servicio de Recaudación. El ayuntamiento presta directamente el servicio de gestión tributaria y recaudatoria, sin organismo diferenciado, si bien asumió este servicio íntegramente en 2020. Anteriormente recurrió a sucesivos contratos de servicios de colaboración. Al asumir la gestión se produjo la subrogación de personal de la empresa contratista, creándose a tal efecto en plantilla 20 puestos de personal laboral fijo.
Existen dos contratos relacionados con la gestión tributaria, uno de mantenimiento de la aplicación informática y otro de servicios de notificación y correo. Existiendo, asimismo, sete entidades financieras colaboradoras de la recaudación, ejecutando una de estas los procesos de cobro, tanto de recibos domiciliados como de no domiciliados.
La oficina tributaria municipal elabora anualmente la cuenta de recaudación y una memoria de la gestión, de lo que da cuenta al Plano, si bien la cuenta no contiene información de algunos ingresos como las tasas por utilización de instalaciones deportivas y culturales, y por prestación de servicios en el laboratorio municipal.
Pese a algunas actuaciones realizadas, no consta que se hayan instruido expedientes de verificación de datos, comprobación de valores, comprobación limitada e inspección.
En el ejercicio 2021 se interpusieron 491 recursos de reposición preceptivos y se resolvieron 246, de los que 210 se estimaron a favor del recurrente. Muchos de ellos derivaron del Impuesto de Plusvalía municipal a raíz de la sentencia del Constitucional emitida ese año. Como consecuencia de esta, quedaron pendientes de tramitar declaraciones y de practicar liquidaciones de este impuesto sobre las plusvalías por 1,8 millones de euros.
Gestión recaudatoria. Con relación a la gestión tributaria, la recaudación total bruta de ingresos en voluntaria en 2021 ascendió a 25,3 millones de euros. De estos, 21,7 correspondieron a impuestos locales y 3,6 a tasas y otros ingresos de derecho público.
La recaudación en ejecutiva ascendió a 2,1 millones (1,7 por impuestos locales y 0,4 a las tasas y otros ingresos).
Las deudas totales pendientes al cierre de 2021 por impuestos ascendían a 8,1 millones de euros y por tasas a 2,1 millones. Un 51,2% de las deudas en impuestos y un 34,5% en tasas correspondían a ejercicios de antigüedad superior a 4 años.
Los porcentajes de recaudación en periodo voluntario son, con carácter general elevados, El ayuntamiento lleva a cabo actuaciones de apremio y embargo, pero resultan insuficientes a la vista del número y cifras de fallidos y créditos incobrables.
Subvenciones. En cuanto a la política de subvenciones, el informe anota que el consistorio reconoció obligaciones por 6,9 millones, lo que supone un 12,4% de la ejecución presupuestaria total. Este gasto en transferencias aumentó un 21,8% con respecto a 2020. Destacaron las realizadas a la sociedad pública de infraestructuras y medio ambiente de Castilla y León para la renovación del alumbrado público con 2,7 millones.
La capital berciana no tuvo en cuenta en 2021 que el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones debe ser el régimen de concurrencia competitiva. La fiscalización señala al respecto que se tramitaron por esta vía 14 líneas de ayudas, frente a 96 en régimen de concesión directa, todas ellas nominativas.