El Consejo recuerda a las entidades locales de la Comunidad que deben rendir la cuenta general de 2019 antes del 22 de enero
El Consejo de Cuentas remitirá a partir de hoy un escrito a las entidades locales de la Comunidad que todavía no han rendido la cuenta general correspondiente al ejercicio 2019, recordando que deben presentarla en la plataforma telemática antes del próximo 22 de enero.
Aunque la fecha legalmente estipulada en Castilla y León es el 31 de octubre siguiente al ejercicio objeto de rendición, la situación excepcional de la pandemia ha motivado en esta ocasión un aplazamiento de casi tres meses para facilitar el cumplimiento de esta obligación al conjunto de las 4.749 entidades que conforman el sector público local de la Comunidad.
Precisamente gran parte de los trabajos previstos en el proyecto de Plan Anual de Fiscalizaciones para 2021 remitido por el Consejo de Cuentas a las Cortes de Castilla y León para su aprobación, derivan de la situación ocasionada por la pandemia. En el ámbito local se prevé verificar su impacto en los tributos propios de las capitales de provincia, así como el destino dado por los ayuntamientos a los fondos recibidos específicamente para la COVID-19. También se realizará un análisis del impacto de la crisis sanitaria en las cuentas del sector público local.
Los trabajos establecidos para los próximos meses incluyen también algunas de las transformaciones sociales surgidas en la pandemia. En el ámbito local, se incidirá en la revisión de la seguridad informática de 10 ayuntamientos y, por otra parte, se analizará la gestión recaudatoria de las 9 diputaciones, cuestión fundamental en tiempos de crisis, y especialmente por su implicación con los pequeños municipios.
Información sobre contratos. Además de la rendición de la cuenta general, con carácter ordinario las entidades locales también están obligadas a remitir al Consejo de Cuentas, dentro de los dos primeros meses de cada ejercicio, es decir, hasta el próximo 28 de febrero, una relación anual de los expedientes de contratación formalizados el año anterior. En el caso de no haberse suscrito contratos, las entidades deben presentar una certificación negativa.
Esta relación, a partir de la nueva Ley de Contratos del Sector Público de 2017, debe incluir también los contratos menores, excepto aquellos de importe inferior a 5.000 euros satisfechos mediante un anticipo de caja fija u otro sistema similar. Se considera contratación menor, aquella de importe inferior a 40.000 euros, cuando se trata de obras, o 15.000 euros cuando se trata de suministro o de servicios.