El presidente del Consejo resalta que "los ayuntamientos han dado la cara" adoptando medidas para paliar los efectos de la pandemia
- El Consejo de Cuentas presentó también ayer en las Cortes de Castilla y León otros dos informes relacionados con el impacto de la COVID19 y los recursos destinados a las entidades por las administraciones estatal y autonómica
- Dieciséis ayuntamientos de más de 20.000 habitantes recibieron 38,6 millones en líneas de ayudas puestas en marcha por el Estado y la Junta. Con carácter general, se produjo una aplicación correcta de estos recursos
-> Análisis del impacto en los ingresos propios de las capitales de provincia de Castilla y León de la situación económica y normativa creada por la COVID-19
Mediante la primera de estas fiscalizaciones, significó Mario Amilivia, se comprobaron las actuaciones, medidas y procedimientos llevados a cabo por las capitales de provincia sobre sus tributos propios y otros ingresos de derecho público en el contexto de la pandemia COVID-19 y, al mismo tiempo, evaluar su impacto en la recaudación y financiación local. El periodo analizado fue el ejercicio 2020 y hasta el 30 de junio de 2021.
El presidente del Consejo de Cuentas resaltó el esfuerzo de los ayuntamientos porque las medidas adoptadas supusieron en muchos casos importantes mermas en la recaudación, por ejemplo 63,3 euros menos por habitante en el caso de León o de 53,6 en el de Burgos.
En relación a las actuaciones sobre plazos en periodo voluntario, las 9 capitales de provincia modificaron el calendario fiscal del 2020 como consecuencia de la pandemia COVID-19, predominantemente mediante decretos de la alcaldía, a propuesta de los servicios de recaudación. Las medidas se dirigieron especialmente a promover el aplazamiento y fraccionamiento de deudas dentro del ejercicio 2020. Recayendo en algunos casos sobre el diseño de planes de pago para los contribuyentes, facilitando y flexibilizando las condiciones para realizar los pagos. En relación con los plazos de los ingresos del ejercicio 2021, salvo en tres casos, la recaudación de derechos se produjo dentro de los plazos previstos en los calendarios fiscales normalmente aprobados por los ayuntamientos para este año.
En cuanto a las actuaciones sobre plazos en periodo ejecutivo, son dos las conclusiones. En primer lugar, todas las capitales aplicaron la normativa estatal de carácter general referida a la suspensión temporal en 2020 de los plazos del periodo ejecutivo. Esta suspensión afectó al dictado y notificación de providencias de apremio, a la práctica de embargos y a la ejecución de garantías. Los ayuntamientos de Burgos y de Soria adoptaron otras medidas complementarias que afectaron a la dilatación del procedimiento de apremio en 2020.
En segundo lugar, con carácter general, para los ingresos de derecho público correspondientes al ejercicio 2021, no hubo incidencias relacionadas con los plazos del periodo ejecutivo y del procedimiento de apremio, a excepción de los Ayuntamientos de Segovia y Soria.
En cuanto a las medidas sobre liquidación y recaudación de ingresos propios, la pandemia, la declaración del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas y las medidas restrictivas a la libertad de establecimiento y de circulación de las personas, provocaron la suspensión de actividades y servicios prestados por los ayuntamientos, así como la no generación del hecho imponible y devengo de determinados tributos, tanto periódicos como no periódicos.
A ello hay que añadir las medidas específicas adoptadas por los ayuntamientos sobre sus tributos y precios públicos que, dentro de los límites de la ley o en virtud del carácter potestativo de algunos de ellos, se llevaron a cabo para promover la actividad económica y paliar los efectos negativos que la comprimieron.
Las capitales de provincia, con carácter general, han adoptado medidas dirigidas a no exigir aquellos tributos u otros ingresos de derecho público en los casos en los que, como consecuencia de la pandemia y las limitaciones impuestas por el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, no se ha producido el hecho imponible (caso de las terrazas de hostelería y los mercados).
Los ayuntamientos llevaron a cabo, con carácter general, actuaciones de oficio para la devolución de ingresos por la suspensión de actividades y servicios, o bien, en el caso de determinadas actividades económicas, por el tiempo en el que no se ha utilizado privativamente el dominio público. Todas las capitales actuaron sobre sus tributos propios u otros ingresos de derecho público, concediendo beneficios a determinados particulares o actividades económicas, disminuyendo con ello la liquidación y recaudación anual.
Teniendo en cuenta que el Estado no cambió por la pandemia el régimen legal de beneficios fiscales de los impuestos locales, las modificaciones llevadas a cabo por las entidades locales se han ajustado, con carácter general, en el caso de los impuestos, al principio de reserva de ley.
Cuatro capitales, Ávila, León, Salamanca y Valladolid aplicaron beneficios fiscales sobre sus impuestos, consistentes predominantemente en bonificaciones del IBI y del IAE, lo que en algún caso requirió la previa declaración de especial interés o utilidad pública de la actividad. Al margen de los periodos en los que no se generó el hecho imponible y, por tanto, no se liquidó la tasa o el precio público, todas las capitales adoptaron medidas de reducción o no aplicación transitoria de tasas por utilización privativa del dominio público, especialmente la de terrazas de hostelería.
La estimación realizada en conjunto por las capitales de provincia de la pérdida de ingresos por medidas que afectan a su liquidación, derivadas, tanto de la suspensión de actividades municipales y supuestos en los que no se ha generado el hecho imponible para los particulares debido al estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, como de las medidas propias y específicas adoptadas, se cifra en 14,2 millones de euros para el ejercicio 2020. La mayor estimación de pérdida de ingresos la realiza el Ayuntamiento de Burgos, en 7,9 millones de euros, seguido de los de León y Ávila, ambos por encima de 1,5 millones.
Con respecto a la situación en el ejercicio 2021, los ayuntamientos han evaluado una pérdida de ingresos, en su conjunto, de 9 millones de euros, muy inferior a la estimada para 2020. Referente a 2022, con carácter general, no se estima ya una incidencia relevante de la pandemia en los datos de liquidación y recaudación tributarias. Según las cuentas de recaudación, la disminución total experimentada en las nueve capitales de 2019 a 2020, debida, tanto a aplazamientos o suspensiones como a otras medidas, se cifró en 28,5 millones de euros, de los que 22,9 millones corresponden al periodo voluntario y 5,6 al ejecutivo.
Destacan las cifras de disminución de la recaudación especialmente en los ayuntamientos de Burgos, en más de 9 millones de euros, y León, en casi 8 millones, seguidos de Salamanca y Valladolid, ambos por encima de los 3 millones, y Segovia, cerca de los 2 millones. En las 4 provincias restantes, la disminución está por debajo del millón de euros. En los de Ávila, Palencia y Zamora la diferencia más grande entre la recaudación de los ejercicios 2019 y 2020 corresponde al periodo ejecutivo.
El Consejo recomienda que los servicios de tesorería y recaudación deberían realizar un seguimiento de la incidencia en los datos de recaudación anual de las medidas adoptadas por el propio ayuntamiento sobre sus tributos y precios públicos, informando al Pleno a través de la memoria de las cuentas de recaudación.
En segundo lugar, el Pleno, atendiendo a la información de la memoria de las cuentas de recaudación anual, debería evaluar si se mantienen o se suprimen los beneficios y reducciones concedidos sobre los ingresos propios a raíz de la crisis económica ocasionada por la pandemia, estimando la situación de recuperación de la actividad económica en el municipio.
-> Análisis de la aplicación de los recursos adicionales recibidos por las entidades locales por la COVID-19
Esta fiscalización analiza los fondos que a raíz de la pandemia han recibido los 16 ayuntamientos mayores de 20.000 habitantes en 2020 y hasta el 30 de junio de 2021, diferenciando la Administración de donde provienen dichos fondos. Así, se han comprobado las distintas líneas de ayudas o transferencias, cuyo objetivo ha sido la recuperación económica, el empleo, la cohesión social y, en general, paliar los efectos de la crisis provocada por la COVID-19.
Los municipios mayores de 20.000 habitantes fueron beneficiarios de una ayuda extraordinaria del Estado por la prestación del servicio de transporte público y de un total de 8 ayudas concedidas por la Junta de Castilla y León destinadas a: cofinanciación de servicios sociales, alimentación y contratación de personal para otras finalidades; gastos sociales; apoyo a familias; limpieza de colegios en los ejercicios 2020 y 2021; reactivación del comercio; inversiones y contratación de personal temporal. Todas las ayudas recibidas se instrumentaron a través de subvenciones, las cuales, con carácter general, se han tramitado de forma directa, concedidas por razones de interés público, social, económico o humanitario
La subvención concedida por el Estado directamente, sin perjuicio de la financiación aportada a otras, es una ayuda extraordinaria a la prestación del servicio de transporte público para compensar la reducción de ingresos que han sufrido las entidades locales. Esta ayuda es compatible con las subvenciones por servicios de transporte colectivo urbano previstas en la normativa reguladora de las haciendas locales, con cargo a los presupuestos generales del Estado de cada año. El importe total concedido a los 16 municipios ascendió a 12,8 millones de euros.
Las subvenciones para cofinanciación de servicios sociales, con cargo al Fondo Social Extraordinario de la Junta, tuvieron por objeto cumplir lo previsto en los Reales Decretos-leyes 7/2020 y 8/2020, en relación, respectivamente, con el derecho básico de alimentación de niños en situación de vulnerabilidad. Estas subvenciones se instrumentaron por medio de convenios y el importe total concedido ascendió a 4,1 millones.
También, con cargo a un segundo Fondo Social Extraordinario, la Junta concedió otra subvención para gastos sociales generados por la pandemia, por un importe total de 5,4 millones, dirigida a las siguientes cuatro finalidades: gastos de personal, servicios de proximidad, servicios de atención en centros residenciales y diversas prestaciones económicas por causas de exclusión social.
La concesión de esta subvención en sus 4 modalidades estuvo sujeta a aceptación por las entidades locales mediante la suscripción del oportuno convenio. Asimismo, en materia de servicios sociales, a raíz del Real Decreto-ley 9/2020, se concedió la subvención de apoyo a familias, por 1,6 millones de euros. Su concesión estuvo sujeta a aceptación, mediante suscripción del oportuno convenio.
Para limpieza de colegios, la Junta concedió subvenciones en 2020 y 2021, sujetas a aceptación por los ayuntamientos. El importe ascendió a 553.750 euros.
Adicionalmente, la Junta concedió una subvención para reactivación del comercio minorista y el consumo, por 755.698 euros, y otra para la contratación, con carácter temporal, de personal desempleado, con cargo al Fondo Extraordinario COVID-19, por 10 millones de euros, ambas sujetas a aceptación por parte de las entidades locales. La subvención para reactivación del comercio requería además una aportación con cargo a fondos propios de las entidades locales, del 25 %.
Con cargo a este mismo fondo, la Junta concedió subvenciones para inversiones, en este caso, en régimen de concurrencia no competitiva, en concepto de cooperación económica local, por 3,8 millones de euros. También esta subvención requería aportación de un 25% con cargo a fondos propios de las entidades.
En lo referente al análisis de los beneficiarios, importes concedidos y reintegro de las ayudas, destacar que el total de las ayudas efectivamente percibidas ascendió a 38,6 millones de euros, siendo los municipios de mayor población los que absorbieron un mayor volumen de recursos.
Los principales importes fueron recibidos por Valladolid, 11,5 millones de euros; Salamanca, 4,9 millones; Burgos, 4,7; León, 3,8 y Segovia 2. Ponferrada, Palencia, Zamora y Ávila superan el millón y medio; y los siete municipios restantes se quedan por debajo del millón. Con carácter general, las subvenciones concedidas por el Estado y la Junta lo fueron en base al cumplimiento de unos requisitos objetivos por parte de los ayuntamientos mayores de 20.000 habitantes.
Con carácter general, las subvenciones concedidas por la Junta, que requerían su aceptación por parte de los ayuntamientos en la mayor parte de los casos, se correspondieron con las efectivamente recibidas por estos, salvo algunas excepciones por causas diversas. La subvención concedida por el Estado para transporte público no dio lugar en ningún caso a reintegros por incumplimientos relacionados con la justificación.
En el caso de las subvenciones concedidas por la Junta se produjeron reintegros por 978.536 euros, de los que 564.045 corresponden a la ayuda para gastos sociales y especialmente, a la cuarta de sus modalidades, la referida a prestaciones económicas para situaciones de exclusión social. Los ayuntamientos que han tenido que hacer frente a un mayor volumen de reintegros fueron los de Palencia, Ponferrada y San Andrés del Rabanedo.
En relación a la aplicación de los recursos adicionales obtenidos, con carácter general, se produjo una aplicación correcta de las ayudas recibidas por parte de los ayuntamientos, destinándose los fondos a aquellas finalidades para las cuales fueron concedidos y justificándose debidamente su aplicación, la cual se ha producido predominantemente mediante concesión de subvenciones directas o bien mediante la celebración de nuevos contratos. Como se ha señalado, en casos puntuales se debió hacer frente al reintegro de los fondos.