Clasificación: Cuenta General Comunidad Autónoma y FCI
Publicación: 27/09/2012

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 90 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León y en el artículo 1 de la Ley 2/2002, de 9 de abril, Reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León, corresponde al Consejo la fiscalización externa de la gestión económica, financiera y contable del Sector Público de la Comunidad Autónoma y demás entes públicos de Castilla y León.
Por su parte el artículo 4.a) de la Ley 2/2002 y el artículo 13.a) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Cuentas de Castilla y León, contemplan, dentro del contenido de la función fiscalizadora, el examen y comprobación de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma.
Esta previsión normativa tiene su desarrollo en el Plan Anual de Fiscalizaciones del Consejo de Cuentas para el ejercicio 2011, aprobado por la Comisión de Hacienda de las Cortes de Castilla y León de 17 de diciembre de 2010 (BOCYL número 5, de 10 de enero de 2011), que incluye entre las actuaciones previstas la “Fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad, ejercicio 2009”.
Los trabajos de fiscalización se han realizado de acuerdo a lo dispuesto en los Principios y Normas de Auditoría del Sector Público, aprobados por la Comisión de Coordinación de los Órganos Públicos de Control Externo del Estado Español, y supletoriamente se han aplicado las Normas de Auditoría del Sector Público, aprobadas por la Intervención General de la Administración del Estado.