Fiscalización de la implantación y gestión de la administración electrónica en las entidades locales de Castilla y León, en coordinación con el Tribunal de Cuentas
Es una fiscalización de carácter combinado. Por una parte, se trata de una fiscalización de cumplimiento, en cuanto a la verificación del ejercicio por parte de las diputaciones de sus competencias en relación con la prestación de los servicios de administración electrónica a los ayuntamientos de municipios con población inferior a 20.000 habitantes y la observancia y aplicación por los ayuntamientos de la normativa en relación con la administración electrónica. Al tratarse igualmente de una auditoría operativa, se han examinado los programas presupuestarios destinados a la administración electrónica y se ha analizado la transformación digital de los ayuntamientos evaluándose la mejora en la facilidad de acceso a los procedimientos por parte de los ciudadanos que ha supuesto su implantación.
Se ha establecido, en coordinación con el Tribunal de Cuentas, fijar el ámbito subjetivo de la fiscalización en las nueve diputaciones provinciales de Castilla y León, en relación con la prestación de los servicios de administración electrónica a los ayuntamientos de municipios de población inferior a 20.000 habitantes, que en Castilla y León suponen en términos de población, algo más del 47% del total de sus 2.399.548 habitantes (INE. Cifras oficiales de población a 1 de enero de 2019 (B.O.E., n.º 311 de 27/12/2019).
Los ayuntamientos a los que las diputaciones, por imperativo legal, deben prestar servicios de administración electrónica (art. 36.1 g), LRBRL), alcanza “en todo caso”, a los municipios con población inferior a 20.000 habitantes.
A los efectos previstos en la presente Fiscalización, se han establecido dos grupos de sujetos bien diferenciados, diputaciones y ayuntamientos, separándose en consecuencia los objetivos en función del grupo al que en cada caso se encuentran dirigidos.
Los objetivos referidos a las actuaciones de las diputaciones en relación con la asistencia prestada a los municipios de su correspondiente ámbito provincial en materia de administración electrónica son:
• Verificar la asistencia prestada por las diputaciones en materia de administración electrónica a los ayuntamientos de población inferior a 20.000 habitantes.
• Analizar la ejecución de los programas presupuestarios de las diputaciones, destinados a la prestación del servicio de administración electrónica a los ayuntamientos de población inferior a 20.000 habitantes del ejercicio 2019 y 2020.
El segundo grupo que conforma el ámbito subjetivo de la presente Fiscalización lo integran los siete ayuntamientos existentes en Castilla y León, con una población igual o superior a 10.000 e inferior a 20.000 habitantes, según las cifras oficiales de población referidas a la fecha indicada (1 de enero de 2019).
Dichos municipios son los siguientes:
Cuadro n.º 1 . Relación de ayuntamientos que integran el ámbito subjetivo de la Fiscalización respecto a la comprobación de los objetivos relacionados con la implantación de la administración electrónica.
Municipio | Provincia |
Astorga | León |
La Bañeza | León |
Villaquilambre | León |
Béjar | Salamanca |
Ciudad Rodrigo | Salamanca |
Santa Marta de Tormes | Salamanca |
Benavente | Zamora |
Los objetivos referidos a la implantación de la administración electrónica en los ayuntamientos de población igual o superior a 10.000 habitantes e inferior a 20.000 son:
• Valorar la efectiva implantación en los ayuntamientos de la administración electrónica.
• Verificar los aspectos básicos del cumplimiento de la normativa de protección de datos, del Esquema Nacional de Seguridad y de Interoperabilidad.
• Examinar la ejecución de los programas presupuestarios del ejercicio 2019 y 2020 destinados a la implantación de la administración electrónica, su gestión y mantenimiento.
• Verificar las actuaciones llevadas a cabo para el cumplimiento de las últimas previsiones relativas a la administración electrónica contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuya entrada en vigor, tras sucesivas demoras, se produjo el 2 de abril de 2021, así como su efectiva implantación a dicha fecha.
• Analizar la transformación digital de los ayuntamientos, su planificación, así como las medidas más relevantes adoptadas, evaluando la mejora en la facilidad de acceso a los procedimientos por parte de los ciudadanos que ha supuesto la implantación de la administración electrónica.