Clasificación: Entidades administración regional (OOAA, EEPP, Consorcios, Fundaciones, Universidades)
Publicación: 22/06/2015

Se trata de una fiscalización especial contemplada en el artículo 3.2 de la Ley del Consejo de Cuentas. De acuerdo con las Directrices Técnicas aprobadas, los objetivos generales de la fiscalización son los siguientes:
1) Analizar la gestión económico-financiera desarrollada en relación con la elaboración, aprobación y ejecución del presupuesto de la Universidad para el ejercicio 2012.
2) Examinar la organización administrativa y docente de la Universidad, con especial incidencia en los siguientes aspectos:
 •La existencia de entidades dependientes y fundaciones vinculadas a la Universidad y, en su caso, las actividades que desarrollan y los recursos universitarios transferidos o puestos a disposición de cada una de ellas.
 •La presencia docente en ámbitos territoriales ajenos al autonómico de referencia y su correspondiente estructura material y docente.
3) Valorar las funciones, competencias y procedimientos de los sistemas de control interno existentes en las Universidades con el fin de determinar si son suficientes para garantizar una correcta gestión, así como el cumplimiento de los procedimientos establecidos para su ejercicio.
4) Evaluar la sujeción a los principios de legalidad, eficacia, eficiencia y economía en la gestión de los recursos públicos encomendados, en especial en las áreas de docencia, investigación, personal y tesorería. En particular, se examinará y valorará la implementación de criterios que permitan la llevanza de una contabilidad analítica que facilite una adecuada asignación de costes.
5) Verificar la observancia de la normativa para la igualdad efectiva de mujeres y hombres en todo aquello que, de conformidad con dicha normativa, pueda tener relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.