Informe sobre el examen de la contabilidad electoral, referido a las elecciones a las Cortes de Castilla y León celebradas el día 24 de mayo de 2015
El pronunciamiento que el Consejo de Cuentas ha de emitir sobre la regularidad de las contabilidades electorales exige atender a los siguientes objetivos:
a) Cumplimiento de la normativa en materia de ingresos y gastos electorales, así como de la normativa general aplicable.
b) Representatividad de la contabilidad electoral rendida.
De conformidad con lo previsto en el artículo 134.2 de la LOREG, al Consejo de Cuentas le corresponde proponer la no adjudicación o, en su caso, la reducción de la subvención electoral a percibir por las formaciones políticas en el caso de que se hubiesen apreciado irregularidades en las contabilidades o violaciones de las restricciones establecidas en materia de ingresos y gastos electorales.
Por otra parte, el resultado de la fiscalización comprenderá la declaración del importe de los gastos regulares justificados por cada formación política, según se contempla en el artículo 134.3 de la citada Ley.