Madrid. Esta mañana, en la sede del Tribunal de Cuentas, el presidente de esta Institución y los de la Sindicatura de Comptes de la Comunitat Valenciana, la Audiencia de Cuentas de Canarias, la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears, el Consejo de Cuentas de Castilla y León, la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias, el Consello de Contas de Galicia y la Cámara de Cuentas de Aragón han firmado el “Convenio por el que se acuerdan las condiciones de utilización, explotación y mantenimiento de las aplicaciones informáticas que forman la Plataforma y el Portal de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales”.

Este acuerdo, que da continuidad al sistema ya establecido por el Convenio de 29 de octubre de 2007, concertado entre el Tribunal de Cuentas y los referidos Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas (OCEx), y al que viene a sustituir una vez finalizada su vigencia, profundizando así en el espíritu de cooperación y coordinación existente aquéllos, con objeto de avanzar en la racionalización y simplificación del cumplimiento del deber legal de rendición de cuentas por las entidades locales y de maximizar la representatividad, la eficiencia y eficacia del control.

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En efecto, la existencia del deber legal de las Entidades Locales de rendir sus cuentas anuales mediante su presentación ante el Tribunal de Cuentas y ante los correspondientes OCEx, así como de competencias concurrentes entre estas Instituciones para el ejercicio de la función fiscalizadora sobre aquéllas, hacía preciso el mantenimiento de medidas de coordinación que facilitaran la rendición de las cuentas y su control.

Con el fin de la adopción de medidas de coordinación para facilitar la rendición de cuentas y su control, el Tribunal de Cuentas y un buen número de OCEx firmaron convenios de colaboración por los que se adoptó un formato único y común para la cuenta general que habían de rendir las Entidades Locales, aplicable a partir de la correspondiente a 2006, disponiéndose su rendición en soporte informático y por procedimientos telemáticos, y estableciéndose un sistema de rendición única con efectos ante el Tribunal de Cuentas y el correspondiente OCEx. La herramienta para llevar a cabo la rendición es la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales, acordándose por el Tribunal de Cuentas y los OCEx partícipes en la misma, en el referido Convenio de 29 de octubre de 2007, el uso conjunto de ella para la recepción, gestión, examen y explotación de las cuentas rendidas por las Entidades Locales y estableciéndose las condiciones de utilización, explotación y mantenimiento de las aplicaciones informáticas que la conforman, contribuyendo así a un más efectivo, racional y coherente ejercicio de la función fiscalizadora sobre el Sector Público Local.

La Plataforma de Rendición de Cuentas esta hoy consolidada como un  instrumento eficaz para la automatización del proceso de rendición de las cuentas de las Entidades Locales y para facilitar la labor de las instituciones de control externo mediante el uso de las sucesivas aplicaciones desarrolladas en el seno de la misma, habiéndose procedido a extender su utilización también y con los mismos efectos compartidos, a la remisión de las relaciones anuales de contratos a que las Entidades Locales están obligadas en virtud del artículo 40.1 de la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.

El establecimiento del proceso telemático de rendición de las cuentas ha contribuido a mejorar de forma muy significativa los índices de rendición de cuentas y la calidad de la información remitida, y ha procurado un control más eficiente y eficaz de la misma.

Por su parte, el Portal de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales constituye la aplicación web, dentro de la Plataforma, a través de la cual los ciudadanos pueden consultar las cuentas de las entidades locales, así como la  información relativa al cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas y la relacionada con esta materia.