Publicado el informe sobre la contratación administrativa celebrada en el ámbito de la Administración de la Comunidad en 2020
- El Consejo de Cuentas de Castilla y León hace público también hoy el informe sobre la contratación administrativa celebrada en el ámbito de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma, ejercicio 2020
Se trata de una de las fiscalizaciones previstas normativamente en la ley reguladora del Consejo, consistente en una auditoría de cumplimiento de la legalidad sobre la gestión contractual en relación con la aplicación de los principios de publicidad y transparencia de los procedimientos, así como los de concurrencia, no discriminación e igualdad de trato a los licitadores.
La contratación comunicada por la Administración de la Comunidad al Registro Público de Contratos de Castilla y León, excluida la contratación menor, ascendió en 2020 a 3.390 contratos, por importe de 960 millones de euros. Para esta fiscalización se ha seleccionado una muestra de 60 expedientes, con un importe de 98 millones.
Conclusiones y opinión. En función de los expedientes examinados, el Consejo de Cuentas opina que la Administración General e Institucional de la Comunidad cumple razonablemente con la legalidad aplicable, excepto por las salvedades que a continuación se detallan y que afectan a los principios de publicidad y de transparencia de los procedimientos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.
▪ En las actuaciones preparatorias de los contratos: la falta de designación de responsable del contrato y de los cálculos realizados para la determinación y adecuación del precio de licitación, así como las deficiencias de publicidad; las deficiencias en el establecimiento de los medios de solvencia, el incumplimiento del artículo 145 de la LCSP en cuanto a los criterios de valoración de las ofertas presentadas detallados en los pliegos, así como en los informes técnicos de valoración, en los que se puntúan aspectos no previstos o que no están suficientemente motivados.
▪ El incumplimiento de los plazos de adjudicación y de formalización de los contratos, así como la falta de la publicación de la formalización en el perfil de contratante.
▪ La falta de inclusión, o de justificación de su cumplimiento, de condiciones especiales de ejecución de naturaleza social, medioambiental en la ejecución del contrato.
▪ El incumplimiento en las actas de comprobación del replanteo, de los plazos de ejecución del contrato y en la tramitación de las suspensiones y las prórrogas.
Recomendaciones. El Consejo de Cuentas realiza 12 recomendaciones. Entre ellas, el Registro Público de Contratos de la Administración autonómica debe depurar las deficiencias detectadas en su información.
Por su parte, los órganos de contratación deben velar por los medios utilizados para la correcta estimación del importe y asegurarse de la designación de un responsable del contrato. Asimismo, deben reservar la utilización de la tramitación urgente y de emergencia exclusivamente para las circunstancias previstas en la ley.
La Administración autonómica, especialmente la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la Gerencia Regional de Salud, debe establecer los medios para acreditar la solvencia económico-financiera, técnica y profesional de los licitadores.
Asimismo, debe reforzar la objetividad de los criterios de adjudicación evaluables mediante juicios de valor, estableciendo en los pliegos con el suficiente detalle todos los baremos de reparto y subcriterios que serán tenidos en cuenta. La Administración de la Comunidad, y en especial la GRS, debe evitar distorsiones en la definición y ponderación de los criterios de adjudicación referentes a la oferta económica. Además, los contratos con alto impacto en el medio ambiente deben incluir criterios de valoración con condiciones ambientales ponderables.
Debe vigilarse por los órganos de contratación, en particular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y de la GRS, la adecuada publicación de la composición de las mesas de contratación y de sus actas.
Las mesas de contratación y sus órganos de asesoramiento deben motivar suficientemente sus informes y propuestas de adjudicación, utilizando para ello los criterios previstos en los pliegos. Los órganos de contratación deben asegurarse de que las resoluciones de adjudicación incluyen dicha motivación. Los órganos de contratación deben asegurarse de que el documento contractual incluye el contenido preceptivo, se cumple el plazo para su formalización y es objeto de la adecuada publicidad en los diarios oficiales y en el perfil de contratante.
La Administración de la Comunidad debe incluir en sus contratos condiciones de ejecución de naturaleza laboral, social y medioambiental, así como justificar su cumplimiento. Finalmente, la Administración autonómica, en especial las Consejerías de Fomento y Medio Ambiente y Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, deben extremar esfuerzos para que los contratos se cumplan en los plazos establecidos.