El artículo 16 de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los Partidos Políticos, atribuye en exclusiva al Tribunal de Cuentas el control de la actividad económico-financiera de los partidos políticos, sin perjuicio de las competencias relativas a la fiscalización de los procesos electorales autonómicos atribuidas a los órganos de control externo de las Comunidades Autónomas previstos en sus respectivos estatutos. El artículo 4.f) de la Ley 2/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León, atribuye a éste, en el ejercicio de la función fiscalizadora, "El examen de la contabilidad electoral en los términos previstos en la legislación electoral de la Comunidad de Castilla y León".

El 13 de febrero está prevista la celebración de elecciones a Cortes de Castilla y León, convocadas por el Decreto 2/2021, de 20 de diciembre, del Presidente de la Junta de Castilla y León por el que se disuelven anticipadamente las Cortes de Castilla y León y se convocan elecciones a las Cortes de Castilla y León.

De conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León (LECyL), están obligados a presentar al Consejo de Cuentas la contabilidad electoral:


a. Los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones que hayan alcanzado los requisitos para la percepción de subvenciones, como consecuencia de los resultados electorales obtenidos.

b. Los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones que hayan solicitado un adelanto con cargo a las subvenciones como consecuencia de haberlas obtenido en similar proceso electoral anterior.


Las formaciones políticas han de presentar al Consejo de Cuentas su contabilidad electoral entre los 100 y 125 días tras la celebración de las elecciones, por lo que el plazo de presentación se extenderá al periodo comprendido entre el 24 de mayo y 18 de junio de 2022.

El Consejo de Cuentas se ha de pronunciar, en el ejercicio de su función fiscalizadora, sobre la regularidad de las contabilidades electorales presentadas por las formaciones políticas y, en el caso de que se aprecien en las mismas irregularidades o violaciones de las restricciones establecidas en materia de ingresos y gastos electorales, el Consejo de Cuentas puede proponer la no adjudicación o reducción de la subvención pública a percibir por la formación política de que se trate.

Cuando el Consejo de Cuentas detecte que una formación política ha superado los límites de gasto previstos en la normativa electoral, lo pondrá en conocimiento del Tribunal de Cuentas a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley orgánica 8/2007, de 4 de julio.

El Pleno del Consejo de Cuentas, en su sesión de 18 de enero de 2022, aprobó una Instrucción relativa a la fiscalización de las contabilidades de las elecciones a Cortes de 13 de febrero de 2022 -publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León de fecha 28 de enero-, con la finalidad de precisar los criterios técnicos a seguir en la fiscalización de las contabilidades electorales, así como el alcance y los requisitos de la documentación contable y justificativa que ha de remitirse al Consejo de Cuentas, de modo que sean conocidos por las formaciones políticas, con objeto de facilitar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la normativa electoral.

La contabilidad electoral relativa a las elecciones a las Cortes de Castilla y León de 13 de febrero de 2022 será presentada al Consejo de Cuentas mediante soporte electrónico.

La remisión de la contabilidad electoral se realizará mediante el empleo de medios electrónicos y telemáticos, de acuerdo con el procedimiento establecido con carácter general como forma de operar en el sector público por las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La remisión de la documentación contable, conjuntamente con los demás documentos justificativos exigidos de acuerdo con la presente Instrucción, se realizará a través de una aplicación habilitada al efecto por el Consejo de Cuentas, (a la que se accede mediante el enlace indicado a continuación), y se certificará mediante la presentación de un documento en formato «pdf» por el administrador general electoral en el Registro Electrónico del Consejo, conforme los requerimientos necesarios establecidos al efecto en el Acuerdo 104/2007, de 12 de diciembre, del Pleno del Consejo de Cuentas de Castilla y León por el que se regula su Registro General, la sede electrónica y la publicación electrónica de anuncios y se crea el Registro Electrónico del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

El acceso a los formularios para la presentación de las contabilidades electorales se encontrará operativo, de conformidad con el plazo previsto en la normativa electoral, desde el día 24 de mayo al 18 de junio de 2022.

  Acceso. Este enlace se abrirá en una ventana nueva Manual  


CONTACTO

Para cualquier consulta relacionada con el proceso de remisión de la contabilidad electoral, póngase en contacto con la siguiente dirección de correo electrónico: contabilidadeselectorales@consejodecuentas.es

NORMATIVA

AVISOS

  • El tamaño máximo de cada fichero individual no debe superar los 100 MB.
  • Los PDF deben ir escaneados en blanco y negro a una resolución mínima de 300 dpi.
  • No se debe modificar la estructura de las plantillas de modelos de remisión que se proporcionan a continuación.

MODELOS NORMALIZADOS DE REMISIÓN PARA FORMACIONES POLÍTICAS

• Modelos de remisión de documentación contable. Modelo general.

SIGLAS FORMACIÓN_13F22_BALANCE.xlsx
SIGLAS FORMACIÓN_13F22_RESULTADOS.xlsx
SIGLAS FORMACIÓN_13F22_SUMAS-SALDOS.xlsx
SIGLAS FORMACIÓN_13F22_MAYORES.xlsx
SIGLAS FORMACIÓN_13F22_DIARIO.xlsx

• Modelo de remisión de documentación contable. Modelo simplificado.

SIGLAS FORMACIÓN_13F22_INGRESOS-GASTOS.xlsx

• Modelos de remisión de documentación justificativa.

SIGLAS FORMACIÓN_13F22_RECURSOS.xlsx
SIGLAS FORMACIÓN_13F22_APORTACIONES-PRIVADAS.xlsx
SIGLAS FORMACIÓN_13F22_APORTACIONES-PARTIDO.xlsx
SIGLAS FORMACIÓN_13F22_GASTOS-ORDINARIOS.xlsx
SIGLAS FORMACIÓN_13F22_GASTOS-ENVIOS.xlsx
SIGLAS FORMACIÓN_13F22_NUMERO-ENVIOS.xlsx

• Modelo de documento de remisión del envío de la contabilidad electoral.

SIGLAS FORMACIÓN_13F22_DOC-REMISION.DOCX

MODELO DE INFORMACIÓN A PRESENTAR POR ENTIDADES FINANCIERAS  

EntidadesFinancieras.xlsx

MODELO DE INFORMACIÓN A PRESENTAR POR PROVEEDORES DE LAS FORMACIONES POLÍTICAS

Proveedores.xlsx